Se sancionó por unanimidad la Ley 3025-G autoría de la Presidenta del Poder Legislativo Élida Cuesta, con agregados de la diputada Andrea Charole y del Poder Ejecutivo, por la que se declara la "Emergencia Social por Violencia de Género”, en todo el ámbito de la Provincia del Chaco, por el término de dos años, plazo que podrá prorrogarse fundadamente, por igual término, si subsistieran las causas que dan origen a la declaración.

En éste marco Charole expresó "Todos los días, en promedio, una mujer es asesinada por el solo hecho de ser mujer, ésta gran problemática compleja, que atraviesa todos los niveles sociales está presente cotidianamente y en todos lados, con la aprobación de ésta ley se encontrará una respuesta concreta dándole las herramientas que necesita el Estado para combatir éste flagelo".

"Dias atrás manifesté que necesitábamos dar una respuesta urgente a nuestras mujeres y por eso llamé a mis pares a aprobar éste proyecto, tenemos que lograr disminuir el número de víctimas por violencia de género, celebro y agradezco el acompañamiento de los legisladores de todos los bloques, porque solamente es posible de la mano de un Estado se ponga a la cabeza de ésta lucha y destine los recursos necesarios para llevarlo adelante". Concluyó.

ALCANCES DE LA LEY

La Ley tiene por principales objetivos: “revertir el número de víctimas por Violencia contra la Mujer y las identidades femeninas en el territorio de nuestra Provincia, reforzar la política preventiva en la materia, optimizar y unificar los esfuerzos y recursos estatales y de la sociedad civil para la plena aplicación y vigencia de las normas existentes y las que se sancionen en adelante destinadas al abordaje integral de las mismas en situación de violencia. Para ello el estado provincial deberá extremar los recursos financieros, técnicos y humanos, para hacer plenamente efectivo y operativo el sistema de protección legal vigente en nuestra provincia.

La autoridad d aplicación de la presente ley será determinada por el Poder Ejecutivo Provincial, la Ley declara política prioritaria para el Estado Provincial, el logro de los siguientes objetivos y principios:

El diseño y ejecución de acciones y programas tendientes a la prevención, sanción, y erradicación de la violencia contra la mujer y las identidades femeninas, en toda nuestra jurisdicción, y el fortalecimiento o intensificación de los que estén en curso de ejecución.

Crear un programa oficial destinado a la reeducación de las personas que ejercen violencia de género y fortalecimiento de aquellos que ya se encuentran vigentes.

Celebrar convenios o acuerdos con organismos nacionales, internacionales, instituciones académicas, a los fines de lograr el fortalecimiento técnico y económico de la jurisdicción provincial en la temática, para posibilitar la creación e implementación de servicios integrales de asistencia a las mujeres y las identidades femeninas en todas sus formas que padecen violencia.

Crear e implementar en el territorio provincial los Hogares de Protección Integral (HPI) para víctimas de violencia de género, para aquellos casos en que la permanencia en su domicilio implique una amenaza a su integridad física y psicológica, quedando facultado el Poder Ejecutivo a solicitar asignación de partida presupuestaria específica, a la reasignación de partidas existentes o la gestión de recursos nacionales para el cumplimiento del objetivo. Garantizar la adecuada atención a familiares de víctimas de femicidios.

Fortalecer en todo el territorio provincial la red de contención social de Organizaciones No Gubernamentales especializadas en Violencia de Género que actúen en coordinación con los organismos educativos. Brindar capacitación y apoyo a los Municipios y comunidades rurales para facilitar la formación de Unidades especializadas en Género.

Incrementar la empleabilidad de las mujeres e identidades femeninas víctimas de violencia de género que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad o de riesgo, fomentando programas de empleo y contención económica.

Garantizar mediante campañas de información y prevención la plena vigencia y aplicación efectiva de la legislación vigente en materia de Violencia de Género, en medios de radiodifusión audiovisuales y plataformas virtuales, buscando sensibilizar a la sociedad y reducir las expresiones patriarcales a través de un cambio cultural.

Instrumentar programas de prevención basados en la capacitación permanente de funcionarios públicos y agentes del Estado. Garantizar la implementación efectiva de la Educación Sexual Integral en todos los establecimientos educativos de la provincia.

Generar los mecanismos necesarios y adecuados para garantizar el acceso a las políticas públicas de las mujeres en situaciones de mayor vulnerabilidad como ser las mujeres indígenas o rurales, mujeres privadas de su libertad, y mujeres e identidades femeninas que sobrellevan algún grado de discapacidad o padecimiento mental. Promover la cobertura institucional en todo el territorio provincial destinada a la contención de víctimas de violencia de género.

Efectivizar la implementación de todos los protocolos vigentes en la provincia referidos a la temática. Garantizar el acceso gratuito a la justicia, el acompañamiento y la contención durante el tiempo que dure el proceso judicial a las víctimas de violencia de género.


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