El Gobierno puso en marcha la ley de Inocencia Fiscal

9 de febrero 2026

El Gobierno reglamentó el Régimen Penal Tributario y del Procedimiento Tributario, conocido como “inocencia fiscal”, que busca incentivar el uso de los “dólares del colchón“.

La norma, que entrará en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, modifica el Régimen Penal Tributario y el Código Civil y Comercial e intenta un relajamiento de los controles patrimoniales a cambio de un cumplimiento de la facturación declarada ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

“La Ley de Inocencia Fiscal viene a poner las cosas en su lugar y le devuelve la libertad a los argentinos de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie”, precisaron en el comunicado desde ARCA donde se informa la reglamentación.

Entre los principales puntos de esta modificación se destaca que el umbral de evasión simple se eleva de 1,5 millones a 100 millones de pesos, y el de evasión agravada a 15 millones a 1000 millones de pesos.

También se modificó el plazo de prescripción del delito, que disminuye de 5 años a 3 años. Esto implica que quienes se inscriban al RSG en los próximos meses no van a poder ser investigados a partir de 2029.

Sumado a esto, se especificó que evadir ya no va a ser un delito penal: quien incumpla y sea notificado, podrá resolverlo pagando su deuda sin necesidad de afrontar una causa penal.

Las claves de la reglamentación

Para adherir al régimen se deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Ingresos totales de hasta $1000 millones anuales.
  • Patrimonio total de hasta $10.000 millones.
  • No revestir la condición de Gran Contribuyente Nacional.

La verificación se realizará considerando el período fiscal de adhesión y los dos anteriores, sin acumular los montos entre años.

En este contexto, ARCA pondrá a disposición una Declaración Jurada Simplificada precargada, que el contribuyente podrá revisar, modificar y presentar. La presentación y el pago en término del impuesto o la adhesión a un plan de facilidades dentro del vencimiento otorgarán efecto liberatorio respecto del Impuesto a las Ganancias del período fiscal base.

Además, la constancia digital de adhesión al Régimen Simplificado de Ganancias será considerada un antecedente favorable ante entidades financieras y sujetos obligados en el marco de la normativa de prevención de lavado de activos, sin perjuicio del cumplimiento de los controles correspondientes. ARCA implementará un sistema de validación digital para facilitar esta verificación.

La normativa aclara expresamente que “ARCA no analizará el incremento patrimonial, incluyendo depósitos bancarios, a los fines de la verificación del régimen, despejando interpretaciones erróneas sobre el alcance de los controles”.

El régimen incorpora una presunción de exactitud de las declaraciones juradas presentadas bajo la modalidad simplificada.

“Cuando el contribuyente cumple con la presentación y el pago en término del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal base, la información declarada se presume correcta, otorgando mayor seguridad jurídica y previsibilidad”, informaron desde la agencia recaudadora.

Así, ARCA sólo podrá impugnar la declaración en supuestos excepcionales expresamente definidos en la normativa, como la existencia de discrepancias significativas debidamente verificadas. No habrá que computar gastos ni variación en el patrimonio, como hasta ahora.

La reglamentación establece que, si una persona corrige por su cuenta un error en sus declaraciones antes de que ARCA le inicie un control o inspección, esa situación no será considerada una falta grave. Además, el organismo prevé una reducción del 50% en las multas para quienes se pongan al día dentro de los 45 días posteriores al vencimiento de sus obligaciones fiscales

Es decir, si el proceso ya se inició, podrá cerrarlo con el pago total más un 50% adicional dentro de los 30 días. Esta posibilidad solo podrá usarse una vez por persona o empresa.

ARCA ya no podrá denunciar automáticamente ante la Justicia penal en todos los casos, especialmente cuando las diferencias surjan de criterios interpretativos, cuestiones técnico-contables o presunciones legales sin otros elementos de prueba.

Los cambios en el Impuesto a las Ganancias

La ley dicta la creación de un Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias para personas físicas con ingresos de hasta $1000 millones anuales y patrimonios menores a $10.000 millones.

En este esquema, el impuesto se calculará sobre la facturación y no sobre la evolución patrimonial, y la declaración será confeccionada por el propio organismo recaudador con base en la información disponible. Quienes paguen en término quedarán liberados de otras obligaciones formales, salvo errores graves.

Fuente: TN

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