Edicto

Expte. Nº 8203/23 - “PENCHANSKY LUCIANO C/ ESPINDOLA AMALIA S/ EJECUTIVO”

9 de abril 2025


Dra. LAVENAS FERNANDO LUIS, JUEZ 1RA. INSTANCIA, a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 12, sito en GUEMES N° 609, CITESE por edictos Al sr. AMALIA BEATRIZ ESPINDOLA, (DNI Nº 21.618.933) por Edictos que se publicarán por dos (02) días en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo para que dentro de cinco (05) días, tome intervención en autos, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausente para que lo represente. NOT.-.- LAVENAS FERNANDO LUIS JUEZ JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº12, la sentencia monitoria que en su parte resolutiva reza: Resistencia, 28 de Septiembre de 2023.- P.R AUTOS Y VISTOS:… CONSIDERANDO:… RESUELVO: I) EMITIR DESPACHO MONITORIO contra ESPINDOLA, AMALIA BEATRIZ, DNI 21.618.933, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS CIENTO NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($109.650) en concepto de capital, con más los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($32.895), sujeta a liquidación definitiva.- II) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 párrafo tercero del ritual. Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del C.P.C.C..- III) IMPONER las costas a la parte ejecutada (art. 538del C.P.C.C.).- IV) REGULAR los honorarios profesionales del Dr. TOBÍAS BROGINI en la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS ($47.200,00) en carácter de patrocinante y en la suma de PESOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA ($18.880,00) como apoderado, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. V) NOTIFICAR la presente en el domicilio del ejecutado con copias de la diligencia, de la demanda y documental de conformidad a lo normado por los arts. 530 y 341 del C.P.C.C., con transcripción de los mencionados artículos.- VI) NOTIFIQUESE, REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- MARIA DE LOS ANGELES VULEKOVICH JUEZ JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº12 El presente documento fue firmado electronicamente por: VULEKOVICH MARIA DE LOS ANGELES, DNI: 16987423, JUEZ 1RA. INSTANCIA. En los autos caratulados “PENCHANSKY LUCIANO C/ ESPINDOLA AMALIA S/ EJECUTIVO” Expte. Nº 8203/23.- RESISTENCIA,… DE… DE 2024

TB - 9-10/04

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