Dra. ESPER GABRIELA, a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 12, sito en GUEMES N° 609, CITESE por edictos AL SRA. ROCIO NATALIA AYALA DNI 4.066.992, los Cuales se publicarán por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo/a a que, en el término de CINCO (5) días y bajo apercibimiento de designarse defensor/a de ausente para que lo/la represente, tome intervención en autos. NOT.- ESPER GABRIELA JUEZ DEL JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº12, la sentencia monitoria que en su parte resolutiva reza: Resistencia, 10 de febrero de 2021.-BP AUTOS Y VISTOS:.. CONSIDERANDO: RESULEVO I) EMITIR DESPACHO MONITORIO contra ROCIO NATALIA AYALA DNI 4.066.992, condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS TREINTA y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA ($38.930,00) en concepto de capital, con mas los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS ONCE MIL SEISCIENTOS SETENTA y NUEVE ($11.679,00), sujeta a liquidación definitiva.- II) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) días , podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 párrafo tercero del ritual. Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del C.P.C.C..-III) IMPONER las costas a la parte ejecutada (art. 538 del C.P.C.C.).-IV) REGULAR los honorarios del profesional interviniente: LIA DANIELA BOGADO, en la suma de PESOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA ($16.470,00) en carácter de patrocinante y en la suma de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA y OCHO ($6.588,00) como apoderado, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley.V) NOTIFICAR la presente en el domicilio del ejecutado con copias de la diligencia, de la demanda y documental de conformidad a lo normado por los arts. 530 y 341 del C.P.C.C., con transcripción de los mencionados artículos.-VII) NOTIFIQUESE, REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.-MARIA DE LOS ANGELES VULEKOVICH JUEZ - JUZ. CIV. COM. Nº 12. En los autos caratulados: BROGINI TOBIAS C AYALA ROCIO NATALIA S EJECUTIVO” Expte. Nº 9736/20. RESISTENCIA,… DE… DE 2024
TB 25-26/10