martes 15 de septiembre, 2026
Edicto

"BISORDI,MARIA ALEJANDRA C/ FRANCO, WALTER RAUL S/ EJECUTIVO", Expte. Nº 2719/2024-1-C.

12 de septiembre 2026


Dra. BEATRIZ CACERES, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 11, sito en Güemes 609, Secretaría Autorizante, de la ciudad de Resistencia, Chaco, notifica a Sr. WALTER FRANCO, D.N.I.N°30.748.869, por Edictos que se publicarán por dos (2) días en el Boletín Oficial y en un diario local de mayor circulación de la ciudad de Formosa, la sentencia monitoria que en su parte resolutiva reza: Resistencia, 12 de Abril de 2024.- AUTOS Y VISTOS: La presente causa caratulada: "BISORDI,MARIA ALEJANDRA C/ FRANCO, WALTER RAUL S/ EJECUTIVO", Expte. Nº 2719/2024-1-C. CONSIDERANDO: RESUELVO: I.- LLEVAR ADELANTE la ejecución contra WALTER FRANCO, D.N.I. N° 30.748.869, hasta hacerse el acreedor íntegro pago de la suma de PESOS CIENTO CINCUENTAMIL ($150.000,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II.- PRESUPUESTAR la suma de PESOS CIENTOCINCUENTA MIL ($150.000,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5º) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en elart.543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de que la presente adquirirá el carácter de sentencia, pasándose a la etapa de cumplimiento de la misma de conformidad a lo dispuesto en el art. 541 tercer párrafo de dicho cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas a la parte ejecutada, si dentro del quinto día de su notificación no cumplimenta con su obligación (art. 538 C.P.C.C.). V.- REGULAR los honorarios del profesional interviniente: TOBIAS BROGINI en las sumas de PESOS OCHENTAY UN MIL CIENTO VEINTE ($81.120,00) y de PESOS TREINTAYDOSMIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($32.448,00), como patrocinante y apoderado, respectivamente, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI.- NOTIFIQUESE al ejecutado en el domicilio real, o el contractual o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida, de conformidad con el art. 530 y con las formalidades establecidas en el art. 341 del mencionado texto legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE. El presente documento fue firmado electrónicamente por: CACERES BEATRIZ ESTHER, DNI: 16367446, JUEZ 1RA. INSTANCIA., en autos caratulados: “BISORDI, MARIA ALEJANDRA C/ FRANCO, WALTER RAUL S/ EJECUTIVO ”EXPTE: N°2719/24.- RESISTENCIA,… DE… DE 2026.-

TB 12-13/09

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