miércoles 29 de julio, 2026
Edicto

"CFN S.A. C/ GARCIA ALFREDO ANIBAL S/ EJECUTIVO " Expte. Nº 24578/21.

19 de julio 2026


LA DRA. MARIA DE LOS ANGELES VULEKOVICH juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y ComercialNº 12 de RESISTENCIA, sito en GÜEMES Nº 609 de esta ciudad, hace saber que atento a lo solicitado y de conformidad al Art. 163 del C.P.C.C. y art. 530 procédase a citar a al demandado GARCIA, ALFREDO ANIBAL D.N.I. N° 11818416 , por edictos que se publicarán por DOS (02) dia en el Boletín Oficial y un diario local, emplazándolo para que dentro de cinco (5) días, tome intervención en autos, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausente para que lo represente en los autos caratulados "CFN S.A. C/ GARCIA ALFREDO ANIBAL S/ EJECUTIVO " Expte. Nº 24578/21..La providencia que ordena la medida en su parte pertinente dice:"Resistencia, 27 de Octubre de 2021 .Y.M AUTOS Y VISTOS: ... CONSIDERANDO ... RESUELVO: I) EMITIR DESPACHO MONITORIO contra GARCIA ALFREDO ANIBAL DNI Nº 11.818.416 , condenándolo a pagar al accionante la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTISIETE ($54.527.24) en concepto de capital, con mas los intereses a calcular de conformidad a lo dispuesto en los considerandos, y las costas que se presupuestan provisoriamente en la suma de PESOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($16.358,00), sujeta a liquidación definitiva.- II) HACER SABER AL EJECUTADO que dentro del plazo de CINCO (5) días, podrá cumplir voluntariamente con lo ordenado en el pto. I) de la presente, u OPONERSE a éste despacho deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 párrafo tercero del ritual. Asimismo, INTIMASELO a que en igual plazo constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por notificado por Ministerio de la Ley en los términos del art. 56 del C.P.C.C..- III) IMPONER las costas a la parte ejecutada (art. 538 del C.P.C.C.).- IV) REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes: JOSE ANTONIO BERNAD (3871), en la suma de VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS ($25.600,00) como patrocinante y MARIANO ESPESO (1691) en la suma de PESOS DIEZ MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($10.240,00) como apoderado, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), con la limitación prevista por el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (Ley 26.994), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría vía internet, conforme lo dispuesto por Acordada 3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VII) NOTIFIQUESE, REGISTRESE Y PROTOCOLICESE.- MARIA DE LOS ANGELES VULEKOVICH JUZ. CIV. COM. Nº 12 " RESISTENCIA, 23 de JUNIO de 2023.-

SP 19-20/07

Te puede interesar