Edicto

PENCHANSKY, LUCIANO C/ PEREZ, NOLBERTO S/ EJECUTIVO Expte. Nº 2278/24

25 de octubre 2025


DRA. OLGA SUSANA LOCKETT Juez, a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 8, sito en Laprida N° 33 torre 2 piso 3, de la ciudad de Resistencia, Chaco, ha dispuesto a librar la presente a fin de que se notifíquese el despacho Monitorio, en su parte resolutiva, al ejecutado NOLBERTO PEREZ, D.N.I. Nº 20.091.828 por Edictos que se publicarán por un (01) día en el Boletín Oficial y en un diario local de los de mayor circulación, emplazándolo para que dentro de cinco (05) días, tome intervención en autos, bajo apercibimiento de designarse al Defensor de Ausentes para que lo represente. NOT.- OLGA SUSANA LOCKETT Juez Juzgado Civil y Comercial Nº 8, la sentencia monitoria que en su parte resolutiva reza: Resistencia, 11 de Marzo de 2024.-DS AUTOS Y VISTOS: … CONSIDERANDO: Resistencia, 15 de Abril de 2024.-ng AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I.- LLEVAR ADELANTE la ejecución, contra NOLBERTO PEREZ, D.N.I. Nº 20.991.828, hasta hacerse el acreedor íntegro pago de la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($259.650,00) en concepto de capital reclamado, sin perjuicio del reajuste que pudiere corresponder al día del pago, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II.- PRESUPUESTAR la suma de PESOS CIENTO VEINTINUEVEMILOCHOCIENTOS VEINTICINCO ($129.825,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5º) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543 del CPCC, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 541 -tercer y cuarto párrafo- del citado cuerpo legal. IV.- IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del CPCC). V.- REGULAR los honorarios del profesional interviniente: TOBIASBROGINI (4343), en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($162.240,00) en carácter de patrocinante, y en la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($64.896,00) como apoderado, con más I.V.A. si correspondiere, (arts. 3, 5, 6 y 15 de la L.A.), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. VI.- NOTIFIQUESE en el domicilio real, o el contractual, o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida del ejecutado, de conformidad con el art. 530 del CPCC y con las formalidades establecidas en el art. 341 del citado cuerpo legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE. OLGA SUSANA LOCKETT Juez Juzgado Civil y Comercial Nº 8 Resistencia, 8 de Agosto de 2024.- AUTOS Y VISTOS RESUELVO: I.- DEJAR ACLARADO que en el punto I de la parte resolutiva del despacho monitorio de fecha 15/04/2024 y en el punto V del primer proveído de igual fecha, donde dice D.N.I. Nº 20.991.828... ", debe leerse: " ...D.N.I. Nº 20.091.828... " II.- FORME LA PRESENTE parte integrante del despacho monitorio de fecha 15/04/2024 y del primer proveído de igual fecha. III.- NOTIFIQUESE, a través del Sistema de Control de trámites y Notificaciones, REGISTRESE, PROTOCOLICESE. OLGA SUSANA LOCKETT Juez Juzgado Civil y Comercial Nº 8 en autos caratulados PENCHANSKY, LUCIANO C/ PEREZ, NOLBERTO S/ EJECUTIVO Expte. Nº 2278/24. RESISTENCIA,… DE… DE 2024

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