El Gobierno, a través de una decisión de la Inspección General de Justicia (IGJ), modificó el régimen para empresas constituidas en el extranjero sobre registración, recaudos de inscripción registral, actos registrables de empresas locales participadas por sociedades del exterior, actuación del representante legal a cargo de la sucursal permanente, régimen informativo, pautas para apreciar la actividad de la sociedad en el exterior y cancelación de la inscripción originaria. En otras palabras: desde ahora, crear una empresa fuera del país será más complicado.

La Resolución General 2/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, da marcha atrás con el régimen anterior de la Resolución general IGJ N°6/2018, al que considerada aprobado con "desviación de poder".

La nueva norma tiene condimentos políticos. Por caso, da marcha atrás con una decisión del gobierno de Mauricio Macri. Y la resolución actual está firmada por Ricardo Nissen, titular de la IGJ y apoderado de Máximo y Florencia Kirchner.

La norma aprobada cuestiona el régimen anterior por su falta total de fundamento para modificar el régimen anterior ni en sus aspectos legales ni de conveniencia.

Según expresa la medida de la IGJ, el régimen anterior neutralizó deliberadamente el régimen reglamentario tendiente a controlar el cumplimiento de la Ley de Sociedades y se limitó a suplantar la norma antes vigente por otro que sólo apuntaba a meras formalidades registrales, conspirando contra la adecuada colaboración de la IGJ en la prevención del lavado de activos y prevención del terrorismo desde su rol de sujeto obligado a informar a la Unidad de Información Financiera (UIF).

La política también se entremezcla en los considerandos de la resolución que firma hoy Nissen. Por ejemplo, sostiene que la norma anterior afectaba la "soberanía legislativa argentina".

Fuente: LA NACIÓN


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