La Diputada Andrea Charole impulsa el Proyecto De Ley Nro:1978/2024, el cual busca crear el “Programa Provincial Transitorio al Régimen de Reparación Económica prevista en la ley 27.452, para Niñas, Niños y Adolescentes."

El objeto del presente Programa es brindar asistencia económica transitoria de carácter mensual a las hijas y a los hijos cuyas progenitoras fueron presuntas víctimas de femicidios cometidos en la provincia del Chaco, mientras se encuentren en trámite los beneficios otorgados por la Ley N° 27.452.

Son destinatarios del presente programa cada niño, niña, adolescente o joven hasta los 21 años, o persona con discapacidad sin límite de edad, que sean hijas o hijos de presuntas víctimas de femicidios, ocurridos en la Provincia de Chaco, que reúna los requisitos establecidos en la presente ley.

Algunos Fundamentos de la Iniciativa:

La presente iniciativa que sometemos a consideración impulsa la creación de un Programa Provincial Transitorio al Régimen de Reparación Económica para Niñas, Niños y Adolescentes creado por la ley 27. 452-ley Brisa-. cuyo objetivo es brindar una asistencia económica de carácter mensual, destinada a las hijas y los hijos de progenitoras que fueron presuntas víctimas de femicidios perpetrados en la Provincia del Chaco, conforme las especificaciones, requisitos y demás formalidades establecidas.

Dicha asistencia es transitoria, mientras se encuentren en trámite los beneficios otorgados por la Ley N° 27.452 que instaura el "Régimen de Reparación Económica para las Niñas, Niños y Adolescentes", y está encomendada a brindar contención ante el estado de vulnerabilidad y necesidades urgentes a las que quedan expuestos las niños, niñas y adolescentes.

La ley 27.452 tiene como objetivo proporcionar apoyo económico a los hijos e hijas de víctimas de femicidio en Argentina. La norma lleva el nombre de Brisa Barrionuevo, una niña que a los dos años quedó huérfana junto a sus hermanos gemelos después del brutal asesinato de su madre, Daiana de los Ángeles Barrionuevo, a manos de su pareja, Iván Rodríguez.

Según un informe publicado por Parlamentario, la Ley Brisa enfrenta serios problemas de implementación y cumplimiento. La organización La Casa del Encuentro alertó sobre la falta de altas nuevas en las reparaciones económicas desde diciembre pasado. La disolución de la Comisión Permanente de Seguimiento (CoPeSe) y la reducción de equipos técnicos agravan la situación.

En las situaciones de violencia de género es frecuente que los niños y niñas queden invisibilizados.

Sin embargo, los niños y las niñas no son víctimas solo cuando la violencia se dirige contra ellos directamente, sino también cuando viven la violencia cotidianamente, cuando son testigos, cuando se lastima a alguien a quien ellos quieren y, muy especialmente, cuando pierden a su madre.

Los efectos de este tipo de violencia son devastadores para los niños y niñas y requieren del apoyo cercano de la comunidad y de las instituciones del sistema de protección a la infancia.

Cuando se produce la muerte violenta de una mujer, existe un entorno que es afectado, especialmente los niños, niñas y adolescentes que han estado expuestos a esa violencia y que junto con su madre son víctimas directas de esta, incluso cuando no haya sido dirigida a ellos.

Compete al Estado garantizar que las víctimas de maltrato accedan a la reparación integral de las afectaciones sufridas como parte de la restitución de sus derechos vulnerados. La respuesta del mundo adulto ante la identificación y/o atención de situaciones de violencia vividas por niños, niñas y adolescentes configura el primer eslabón de una serie de respuestas que dan inicio al proceso de reparación del daño.

El Estado debe brindar una respuesta acorde a la realidad que viven los niños, niñas y adolescentes que han quedado huérfanos en el marco de un femicidio.

El objetivo de estas respuestas debe ser permitir que el conjunto de las víctimas acceda a la reparación integral de los daños sufridos, como parte de la restitución de sus derechos vulnerados. Esta respuesta involucra a diversos organismos institucionales.

Con el inicio de la gestión del gobernador Arq. Leandro Zdero se efectuó una nueva organización en las funciones de los distintos Ministerios y Secretarías en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial-a Ley N° 3969-A, de Ministerios- estipulándose para el Ministerio de Gobierno, Justicia, Trabajo y Derechos Humanos una nueva estructura orgánica que absorbió a la otrora Secretaria de Derechos Humanos y Géneros.

En el nuevo diseño orgánico y funcional existen la Subsecretaria de Genero y Diversidad y la Subsecretaria de Derechos Humanos.

Es fundamental, entonces, adecuar, profundizar y continuar la política pública prevista en el Decreto 1362/22 al nuevo diseño del Estado, ratificando el compromiso del estado chaqueño con la protección de la niñez, población vulnerable por antonomasia que merece una protección especial y eficaz.

Teniendo presente que la necesidad de proporcionar al niño una protección especial ha sido enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en los artículos 23 y 24), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en particular, en el artículo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño.


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