miércoles 4 de diciembre, 2024

Casación rechazo un Recurso Extraordinario del Coronel Losito y continuara detenido

16 de septiembre 2024

Actualmente se realizan Informes psicológico, psiquiátrico y socioambiental, para analizar adecuadamente su incorporación a la Libertad Condicional.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó un Recurso Extraordinario presentado por la Defensa del Coronel del Ejército Argentino Horacio Losito, condenado a prisión perpetua por su participación en la Masacre de Margarita Belén, por el que se pretendía que la Corte Suprema de la Nación le vuelva a otorgar la Libertad Condicional por haber cumplido 20 años de prisión y llegar a los dos tercios de su condena a perpetua.

Actualmente el Juez de Ejecución del Tribunal Federal de Resistencia, ha ordenado que el equipo Interdisciplinario de la Cámara Federal de Casación Penal, elabore un informe psicológico , un informe psiquiátrico y un informe socioambiental, sobre el condenado Horacio Losito a los fines de evaluar las condiciones legales que se exigen para incorporarlo al régimen de la libertad condicional sobre la base de su pronóstico de reinserción social .

La Libertad Condicional otorgada y luego revocada .

El 17 de Diciembre de 2023, el Juez de Ejecución del Tribunal Federal de Resistencia Juan Manuel Iglesias, había otorgado la Libertad Condicional a Losito, basándose únicamente en de los dos tercios de su condena a perpetua, al haber cumplido 20 años en prisión, 17 años en las prisiones de la Cárcel U7, el Complejo de Marcos Paz y el Instituto Penal de Campo de Mayo y 3 años con prisión domiciliaria.

La Resolución fue apelada por la Unidad de DD HH de la Fiscalía Federal y las Querellas de las Secretarias de DD HH de Nación y del Chaco, argumentando: que no existía un Informe Criminológico sobre su progresividad, no había demostrado ningún arrepentimiento; que además podría obstruir la búsqueda de los Desaparecidos de la Masacre de Margarita Belén; que no se tuvo en cuenta la opinión de los familiares, que eran revictimizados y que debían contemplarse las Convenciones Internacionales que establecen la responsabilidad del Estado Argentino en el juzgamiento y el cumplimiento de Sentencias en Crímenes de Lesa Humanidad.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal , había resuelto el 4 de Julio pasado , tomando los argumentos de la Fiscalía y las Querellas ; revocar la Libertad Condicional , con los votos de los jueces Slokar y Ledesma , votando en minoría el Juez Yacobucci.

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