La Justicia Federal dio lugar a la medida cautelar presentada por el defensor del Pueblo Gustavo Corregido y ordenó al gobierno nacional reestablecer las pensiones no contributivas que fueron suspendidas o dadas de baja en la Provincia del Chaco.

La medida se interpone en resguardo de un sector socialmente vulnerable ante una interrupción arbitraria del beneficio. Por ello también se exige judicialmente al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación que en caso de objetar una pensión, debe hacerlo con un procedimiento que garantice a los beneficiarios el derecho a ser oídos y aportar los elementos para su defensa.

En el expediente queda consignado que el gobierno nacional no respondió a la Justicia las especificaciones que requirió la jueza sobre el procedimiento que se siguió para suspender estos beneficios. La Nación sólo informó con un CD que las pensiones no contributivas ascienden a 80.000 pero no adjuntaron mayor información al respecto, como lo había requerido la jueza Zunilda Niremperger. Por ello la magistrada entiende que no se habría resguardado el derecho a la defensa de los beneficiarios, tal como lo planteó en su reclamo el defensor.

 

“Celebramos que se haya entendido que era necesario aplicar esta medida cautelar de manera urgente debido al peligro en la demora que representa esta cuestión porque afecta directamente la prestación alimentaria de sectores vulnerables. Por ello espero sensibilidad de la ministra Carolina Stanley para que cumpla con la orden judicial”, manifestó Corregido.


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